Practica de derecho romano
EL ACUEDUCTO SOBRE LOS TRES FUNDOS CONTIGUOS
«Había tres predios (A, B y C), de distinto dueño Ticio, Cayo y Sempronio, uno a continuación del otro.
El dueño del predio inferior (Sempronio) había adquirido para este predio inferior (C) una servidumbre de aguas sobre el fundo superior (A) y conducía el agua a su campo a través del fundo intermedio (B) con consentimiento del propietario (Cayo) de éste. El dueño del predio inferior (Sempronio) compró después el predio superior (A) y más tarde vendió (a Mario) el fundo inferior (C), al cual había conducido el agua. Se preguntó si acaso el fundo inferior (C) había perdido el derecho al agua, debido a que al haber pasado a ser los dos predios de un mismo dueño, no habían podido tener entre ellos la servidumbre». HECHOS
Es necesario distinguir tres situaciones sucesivas:
1) Los fundos (A, B y C) son de tres propietarios distintos (Ticio, Cayo y Sempronio) y existen dos servidumbres, una del fundo sirviente A y otra del fundo sirviente B a favor del dominante C.
2) Cuando Sempronio compra el fundo superior A es propietario del A y del C y la servidumbre que gravaba el A se extingue por confusión. Sigue en vigor la servidumbre del B con respecto al C.
3) Cuando Sempronio vende el fundo C a Mario, se vuelve de nuevo a la situación primera en la que existen de nuevo tres fundos con tres propietarios distintos, que ahora son Sempronio, dueño del fundo sirviente A, Cayo, dueño del fundo sirviente B y Mario, dueño del dominante C.
CLAVE DEL CASO
La resolución al caso del acueducto sobre los tres fundos contiguos depende de la respuesta que se dé a la siguiente pregunta: ¿se considera extinguido por confusión el derecho de servidumbre de extraer agua en el momento en que Sempronio, propietario del fundo dominante adquiere el fundo superior del que se saca el agua?.
Caben dos respuestas que condicionan la solución del caso:
a) Al hacerse los fundos dominante y sirviente de la misma