Videovigilancia, segurança cidadania e direitos fundamentais
Siempre cuándo vamos a algun lado, compramos algo, solicitamos un trabajo, pagamos facturas: vivimos ... Y en cada cual de aquellos momentos de nuestra vida, nuestra información personal es utilizada, recogida y procesada. Por eso la necesidad de proteger nuestro derecho a vida privada y consecuentemente nuestros derechos libertades y garantías es un tema que se revela cada vez más importante. El Real Decreto 428/1993, de 26 de marzo, apruebo el Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos a cual cumple velar por el cumplimiento de la legislación sobre protección de datos y controlar su aplicación, en especial en lo relativo a los derechos de información, acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos. La agencia actúa con independencia de las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus funciones.[1] La importancia del fenómeno de vigilancia y actividades de vigilancia por medios técnicos que estan cada vez sofisticados exigen una avaluación seria, tanto a nivel nacional como internacional con respecto a las ventajas y los riesgos para para individuos y sociedades democráticas. La seguridad es solamente más una de las áreas de intervención del Estado que forma parte de sus funciones esenciales y que legitima su existencia. El Estado no puede abandonar la seguridad sin negarse a sí mismo. Es por lo tanto necesario devolver el sentimiento de seguridad a los ciudadanos. La videovigilancia crea la sensación del espacio vigilado, así pues, seguro, aunque esa vigilancia sea ejercida a la distancia no deja de devolver un sentimiento de controlo.
La ley de la videovigilancia es una ley sensible, difícil y importante. Por eso aún parece que el debate que ella ha suscitado no es tan aceso como su naturaleza y potencial de utilización abusiva justificarían, sobre todo cuando el contenido