Dipr
Tema 1: introducción al DIPr
Presupuestos del derecho internacional privado
En el mundo en el que vivimos existe un fraccionamiento jurídico. Cada Estado aprueba sus leyes, mediante las cuales se asignan en abstracto derechos, obligaciones y cargas a las personas; cada Estado tiene su poder jurisdiccional, encargado de resolver los litigios concretos sobre titularidad de esos derechos, obligaciones y cargas; y cada Estado garantiza la implementación coactiva e las decisiones de sus tribunales dentro de su territorio.
Hoy en día un volumen importante de nuestras relaciones sociales y económicas son transfronterizas; cada vez es mas habitual que en los contratos, en los daños extracontractuales o en las relaciones familiares nos encontremos con uno o varios elementos de extranjería. Esta circunstancia particulariza un sector del ordenamiento, el Derecho Internacional Privado.
Objeto del Derecho Internacional privado
El objeto del DIPr son las relaciones privadas internacionales. Este concepto se puede descomponer en dos elementos: * El DIPr se ocupa de las relaciones de derecho privado: contratos, obligaciones extracontractuales, derechos reales relaciones entre cónyuges, etc. Esto es, en relaciones horizontales o entre particulares en las que ninguna de las partes actúa revestida con poder estatal o soberano o, cabe que una de las partes sea un ente estatal siempre que se de esa condición, esto e, que actúa sin las facultades del poder soberano. * El DIPr se ocupa de las relaciones entre articulares que se desarrollan en un contexto internacional y, por consiguiente que se vinculan a dos o mas ordenamientos jurídicos.
Cuando una relación entre particulares presenta vínculos o conexiones con mas de un ordenamiento jurídico surgen una serie de problemas particulares y el DIPr es la rama del Derecho que se ocupa de darles respuesta.
Las relaciones privadas internacionales son aquellas relaciones privadas que presentan